La Mediación Familiar como alternativa al procedimiento contencioso

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La Mediación en el ámbito del derecho de familia surge en EEUU a finales de la década de los sesenta, y luego en Canadá, extendiéndose posteriormente a Europa, como una alternativa cada vez más utilizada de resolución no contenciosa de los conflictos que se producen en los procesos de separación y divorcio. En este contexto, la Mediación se define como un proceso no-terapéutico por el medio del cual las partes con la asistencia de una o varias personas neutrales, intenta aislar los puntos de acuerdo y desacuerdo, exploran alternativas y consideran compromisos con el propósito de alcanzar un acuerdo consensuado sobre los distintos aspectos de su separación o divorcio.

Por lo tanto, la Mediación es una opción formal no litigante para que las partes de una separación o divorcio puedan llegar a acuerdos antes de presentar una demanda judicial, que presenta una serie de características que la diferencian claramente de otros planteamientos más utilizados habitualmente. Estas notas diferenciadoras, son las siguientes:

1.- La mediación como proceso de resolución y manejo de conflictos, devuelve a las partes la posibilidad de tomar sus propias decisiones con respecto a sus vidas, y no dejan esa toma de decisiones en manos de los abogados y los jueces.

2.- La mediación se preocupa más de la forma en que los participantes resolverán el conflicto y crear un plan de trabajo, haciendo hincapié en el presente y futuro, que en las historias de cada uno de ellos, dejando a un lado el pasado.

3.- La mediación tiene un componente didáctico, en el sentido de que enseña a los participantes a comunicarse adecuadamente, de una forma honesta y abierta en lo relativo a los hijos, así como técnicas de resolución de conflictos ( orientación hacia la tarea) fomentando un proceso cooperativo que permite a los participantes enfocar el problema común de forma que puedan utilizar las aptitudes especiales de cada uno de ellos a fin de evitar o reducir la duplicación de esfuerzos en el trabajo y responsabilidad común con los hijos.

4.- Estimula la elaboración de planes que tengan en cuenta las necesidades y posibilidades de todos y cada uno de los implicados: los propios padres, los hijos, los abuelos, etc.

Estas características distintivas de la mediación ponen de relieve una serie de puntos a favor de esta alternativa que, en estos momentos, está siendo valorada como medio perfectamente idóneo para la consecución de dos grandes objetivos de gran relevancia psicológica:

1) Preservar y potenciar las relaciones entre los distintos miembros, facilitando el acceso de padres a hijos y de hijos a padres lo que contribuiría a una reestructuración de la familia.

2) Con la facilitación del mutuo acuerdo para la resolución del problema se ayuda a preservar el mejor interés de los menores, al tener en cuenta las necesidades y la evolución psicológica de los niños. Para ello hay una serie de puntos que se deben conseguir al comienzo del proceso de mediación que ayudarán a que ésta se pueda llevar a buen término:

  • Lograr hacerles ver que aunque ya no tengan nada que ver como pareja siguen siendo los padres de esos hijos. Tienen que seguir comprometidos con sus hijos para garantizar la evolución positiva de los mismos.
  • Es importante conseguir que los padres se convenzan de que los hijos necesitan mantener el contacto con los dos, con su padre y con su madre, haciéndoles ver que el hecho de llegar a acuerdos será una forma de mantener con los hijos un contacto más habitual y enriquecedor.
  • Conseguir que logren separar la relación que deben mantener como ex esposos, de la que deben compartir como padres, ya que deben llegar a acuerdos de cooperación para la toma de decisiones importantes relacionadas con los hijos.
  • Debemos tratar de conseguir es que los padres, en lugar de denostarse, se apoyen en sus papeles respectivos como padres. Previniéndoles de posibles estrategias que los hijos puedan utilizar para enfrentarlos con la intención entre otras cosas de querer que se clarifiquen las situaciones o quieren saber cómo van a ser las relaciones entre los padres y cómo van a ser sus sentimientos y compromisos para con ellos.
  • Hacer ver a los padres, de forma lo más clara posible, las consecuencias del divorcio para los hijos, los niños pequeños tienen dos grandes miedos ante el divorcio: a) el ser rechazados o abandonados por uno o los dos progenitores y b) el de que no se les cuide: alimento, vestido, protección, cariño diario, etc. y que estos posiblemente, en su deseo de que los padres vuelvan a vivir juntos, intentaran una serie de estrategias como el intentar enfrentarlos, pensando que mientras se pelean, queda una posibilidad de que vuelvan, como resultado lógico de esta previsión debe nacer el firme propósito de los padres de evitar el mantenimiento del conflicto.
  • Ayudar a los padres a ver las diferencias individuales entre los hijos, teniendo en cuenta la edad, el sexo, nivel de actividad, capacidad de atención, estilos de conducta, capacidad de adaptación haciéndoles pensar en las necesidades de cada uno de ellos
  • Dejar claro que las decisiones que se tomen en este momento no son inamovibles, tiene que existir cierta flexibilidad para que puedan ser cambiadas, puesto que los niños crecen, cambian y, por tanto, sus necesidades e intereses van cambiando.

Además de las ventajas que se derivan de la no adjudicación judicial, los dos grandes objetivos de carácter psicológico, mencionados anteriormente, tienen la suficiente fuerza por sí solos, como para que la Mediación Familiar sea propiciada y fomentada por parte de Asociaciones Interdisciplinares, Comunidades Autónomas e Instituciones como la mejor alternativa para la resolución de los conflictos que se producen en los procesos de separación y divorcio.

Centro Codex

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Artículo documentado por:

Concepción Cendón Dacosta

Concepción Cendón Dacosta

Concepción Cendón es Directora y fundadora de los centros “Codex Psicología y Codex Formación” con una trayectoria de 20 años de experiencia. Es Licenciada en Psicología, especialista en Psicología Clínica y de la Salud y con formación en Psicología Jurídica (Nº 3026 del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia). Es miembro del Listado Oficial de Peritos psicólogos para la administración de justicia en los ámbitos del derecho civil y penal y también del Equipo de Intervención Psicológica en los casos de Adopción Internacional, del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia. Su pasión y vocación por la psicología le ha llevado a especializarse en diferentes ámbitos como, intervención en crisis, duelo patológico, altas capacidades intelectuales o neuropsicología, y a estar formándose y actualizándose constantemente en diversas teorías y técnicas psicológicas como terapia cognitivo-conductual, terapias de tercera generación y terapia con realidad virtual.
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